7º Encuentro
Sudamericano sobre Salud y Seguridad en el Trabajo
Realizado del 8 al 22 de noviembre de 2001
Auspiciado por la Superintendencia
de Riesgos del Trabajo de la República Argentina
Organizado por la Fundación Ambiente
y Trabajo la que aprovecha esta oportunidad para agradecer a las siguientes
organizaciones que de una u otra manera han colaborado con la misma en
distintas ocasiones sin representar ello necesariamente auspicios oficiales
Universidad de la Marina Mercante
Instituto Argentino de Técnicas Empresariales
Distance Educational Network
Federación Argentina de Trabajadores de Luz y
Fuerza
Unión Obrera de la Construcción de la República
Argentina
Superintendencia de Riesgos del Trabajo
Unión Industrial Argentina
Confederación General del Trabajo
Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo
Sustentable
Colegio Profesional de Higiene y Seguridad en
el Trabajo de la República Argentina
Consejo Profesional de Ingeniería Industrial
Policía Federal Argentina
Organización Internacional del Trabajo
Federación Nacional de Técnicos en Seguridad en
el Trabajo de Brasil
SESI de Brasil
Sociedad de Medicina del Trabajo de la
Provincia de Buenos Aires
National Safety Council
Dirección Nacional de Salud y Seguridad
Ocupacional de Paraguay
Asociación de Profesionales de Higiene y
Seguridad en el Trabajo del Paraguay
Colegio de Técnicos en Higiene y Prevención de Accidentes
Industriales de Uruguay
Asociación Uruguaya de Seguridad para la
Prevención de Accidentes
Asociación Chilena de Seguridad
Instituto Nacional de Salud y Seguridad
Ocupacional de Uruguay
Cámara Argentina de la Construcción
Cámara Argentina de Lubricantes
Fundación Mapfre
Instituto Normalizador Argentino IRAM
Instituto Uruguayo de Normas Técnicas UNIT
Comisión Nacional de Energía Atómica de
Argentina
Federación de Cooperativas de la Provincia de
La Pampa
ACOPREL de España
Futura AFJP
LIAT S.A.
Soluciones Gerenciadas para Empresas S.A.
QBE Art
LUZ Art
Responsabilidad Patronal Art
General & Cologne Re
Revista Todo Riesgo
CPL
Empresalud
Siafa S.R.L.
LegisDar
3 M de Argentina
HIDROCUYO S.A
Central Puerto S.A.
EDEN S.A.
EDES. S.A.
EDELAP S.A.
Cooperativa Eléctrica Lujanense
Noticiero EL CASCO
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PALABRAS DE CIERRE
A cargo del Ing. Julio Díaz Gerardi,
Presidente de la Fundación Ambiente y Trabajo
Queridas
Amigas y Queridos Amigos :
Gracias
por haber participado!
Ha
culminado el 7º Encuentro Sudamericano, una vez más promoviendo las buenas
relaciones entre las personas y orientándonos hacia el mejoramiento y cuidado
de las condiciones de trabajo y del medio ambiente, colaborando en la difícil
tarea de reducir el déficit de trabajo digno.
En esta
oportunidad no pudimos estrechar nuestras manos como es habitual. Pero sí fue
posible compartir un espacio virtual por el término de 15 días con
prescindencia de horarios y ubicación geográfica.
Comparto
con ustedes mi deseo de que resulte útil la actividad y queda esta página, que
reúne PONENCIAS y OPINIONES, a disposición de quienes la visiten. La idea es mantenerla en la Web
un mayor tiempo.
Junto al
Lic. Roberto Rodríguez Rosi, Secretario General del Encuentro, les deseamos
éxitos en la labor prevencionista.
Les
enviamos nuestro cordial saludo
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PONENCIAS
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RESUMEN SISTEMA MUTUAL CHILENO
Y MECANISMO DE ALZA Y REBAJA DE
COTIZACIÓN
COMO INCENTIVO A LA PREVENCIÓN
A cargo del Dr. Eduardo Undurraga
Undurraga - Gerencia General de la Asociación Chilena de Seguridad
I. ORIGEN
Las
Mutualidades, entidades de carácter gremial, sin fines de lucro, basadas en la
responsabilidad solidaria de sus miembros, nacen en la década del 50 al alero
de organizaciones empresariales, en atención a la nula prevención de riesgos
laborales y rehabilitación, además del alto costo, de las compañías de seguro
mercantil, encargadas hasta entonces de la cobertura de los riesgos laborales.
La orientación de las Mutualidades fue el de la Prevención de Riesgos, distinta
a aquella de las compañías de seguro mercantiles. En 1968, se promulga la ley
Nº 16.744, reconociendo a las Mutualidades como organismos administradores del
Seguro Social que ella consagró.
II. GESTION
Los
entes gestores del Seguro son las Mutualidades de Empleadores, el Instituto de
Normalización Previsional y algunas empresas a las cuales, cumpliendo ciertos
requisitos, se las faculta para autoadministrar el seguro (Administración
Delegada). Existen actualmente tres Mutualidades: Asociación Chilena de
Seguridad, con el 53% del mercado; Mutual de la Cámara Chilena de la
Construcción, con el 33% y el Instituto de Seguridad del Trabajo, con el 14%.
III. ADMINISTRACION
Las
Mutualidades son Corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro, y son
administradas por un directorio paritario, compuesto por tres representantes de
las empresas adheridas e igual número de representantes de los trabajadores, en
carácter de titulares. Se elige igual número de directores suplentes de los
anteriores.
IV. PRESTACIONES OTORGADAS
Las
Mutualidades otorgan de las siguientes prestaciones a las empresas y
trabajadores afiliados:
Prevención
de Riesgos
Atenciones
Médicas
Prestaciones
Económicas: Subsidios, Indemnizaciones y Pensiones
Rehabilitación
V. FINANCIAMIENTO
Las
Mutualidades se financian con una cotización obligatoria que es costeada
íntegramente por los empleadores. Existe una tasa de cotización básica de 0,95%
de las remuneraciones imponibles, y una adicional que fluctúa entre 0% y 6,8%,
determinada según el riesgo asociado a la actividad de la empresa. La tasa de
cotización promedio del sistema se sitúa actualmente en 1,7% (año 2000).
VI. COBERTURA Y CONTINGENCIAS
CUBIERTAS
Pueden
pertenecer a una Mutualidad todos los trabajadores dependientes, algunos grupos
de independientes que se han incluido expresamente en la ley y los trabajadores
del Sector Público.
Las
contingencias cubiertas corresponden a:
Accidentes
del Trabajo
Accidentes
del Trayecto
Enfermedades
Profesionales
VII. APORTES Y RESULTADOS
2.800.000
trabajadores afiliados
85.000 empresas afiliadas
Reducción de la tasa de
accidentalidad desde 35% en 1969 a 7,4% en 2000
Importante infraestructura: 19
Hospitales, 54 Clínicas, 713 Policlínicos y 1.800 camas
Importante
reducción de los días de tratamiento promedio: desde 30 días en 1969 a 11,9
días en 2000
Excelente
rehabilitación, que permite reinserción laboral exitosa: vuelven al trabajo el
80% de los rehabilitados y el 99.7% del total de accidentados.
VIII. MECANISMO DE ALZAS Y
REBAJAS DE LA TASA DE COTIZACIÓN
El
diagrama siguiente muestra el mecanismo de alzas y rebajas en la tasa de
cotización según el riesgo efectivo:
En
la nueva normativa del DS 67 y 34, la tasa de riesgo se reemplaza por la de
siniestralidad total. Esta agrega a la tasa de riesgo una de invalideces y muertes,
según escala establecida en los DS mencionados.
El
mecanismo anterior, unido a los planes de prevención impulsados, han llevado a
una rebaja importante en el costo del seguro para las empresas, como se aprecia
en el gráfico siguiente:
TASA DE COTIZACIÓN PROMEDIO ANUAL SISTEMA MUTUAL
Los
efectos de las alzas y rebajas en la tasa de cotización, de acuerdo a cifras
históricas de la Asociación Chilena de Seguridad, señalan que aquellas que
tienen alzas en su tasa de cotización muestran una disminución en las tasa de
riesgo, y, por ende, logran rebajar su tasa de cotización adicional. Por el
contrario, las que presentan rebaja en su tasa de cotización, tienden a aumentar
su tasa de riesgo, lo que incide en el alza de su tasa de cotización tras un
período de 24 meses. Ello se puede apreciar en los cuadros siguientes:
Principales características
del nuevo sistema de alzas y rebajas:
- Sistema automático y simultáneo en todas
las empresas
- Evaluación se efectúa en el 2º semestre
cada 2 años; Rige a partir del 2002
- Vigencia de las tasas por dos años
- Nueva tabla es más exigente
- Incorpora Incapacidades Permanentes y
Muertes
Todo lo anterior refleja la
labor y esfuerzo mancomunado de Empresarios, Trabajadores y Autoridades en
áreas de interés común de prevención de accidentes del trabajo, cuyos frutos
compensan con creces el trabajo realizado.
Estas acciones revelan el
grado de madurez alcanzado por los empresarios chilenos, quienes en su mayoría
están actuando con responsabilidad social frente a los riesgos laborales y
mejoramiento de las condiciones de trabajo.
Mayores antecedentes del
mecanismo de alzas y rebajas de la tasa de cotización del Decreto 67, se
encuentran disponibles en nuestro sitio internet: www.achs.cl
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La Dra. Valentina Forastieri,
perteneciente a la Organización Internacional del Trabajo - OIT -, nos hizo
llegar para este Encuentro un extenso y profundo artículo del que es autora y
del cual hemos extraído los títulos que se reproducen a continuación
Desafíos
frente al suministro de servicios de seguridad y salud para los trabajadores
agrícolas
Para conseguir un crecimiento agrícola sostenido,
la productividad de los trabajadores agrícolas debería aumentar aportándoles
los medios que respondan a sus necesidades básicas, condiciones de vida
adecuadas y trabajo para ellos y sus familias, protegiendo su salud y bienestar
así como el entorno en el que trabajan y viven. La inversión en seguridad y
salud de los trabajadores agrícolas es un valor añadido que contribuye a
mejorar las condiciones de trabajo, a incrementar su productividad y a
establecer las relaciones laborales más equilibradas. Las normas de calidad de
los productos deberían ir a la par de mejora de las condiciones de trabajo. Por
su parte, esas condiciones en la agricultura pueden mejorarse notablemente de
forma viable y rentable tomando medidas en materia de seguridad y salud.
Enfasis
en la prevención
La seguridad y la salud de los trabajadores
agrícolas debería ser objeto de una estrategia bien definida e integrarse en
una política de desarrollo rural que abarque las grandes plantaciones
comerciales y la pequeña agricultura. La extensión gradual de los servicios de
salud en el trabajo a los trabajadores agrícolas requiere la aplicación de
políticas nacionales eficaces, de programas específicos y de planes
estratégicos orientados a la prevención. El suministro de esos servicios al
sector rural debería integrarse en la estructura de los servicios de salud
primarios. La adopción de una legislación de trabajo adecuada y la introducción
de medidas de protección social son otros tantos pasos adelante en este
sentido. Una acción de este tipo debería ser flexible en su aplicación y en su
apoyo de los interlocutores sociales de la OIT, en particular de los
trabajadores agrícolas y de sus organizaciones. Los efectos y el éxito a largo
plazo de esas intervenciones deberían basarse esencialmente en la
responsabilidad nacional conjunta de los gobiernos, los empleadores y los
trabajadores y sus organizaciones, lo que garantizaría su duración. Identificar
las nuevas ocasiones de acción, crear alianzas entre los interlocutores
sociales, movilizarlos y capacitarlos favoreciendo su sentido del compromiso y
de la pertenencia son fundamentales para los sindicatos y sus miembros.
Nuevas
normas de la OIT para la agricultura
Está ampliamente reconocido que la agricultura
es, junto con las industrias extractivas y el sector de la construcción, un
sector especialmente peligroso. Para estos dos sectores ya existen normas
internacionales y códigos de recomendaciones prácticas. A pesar de que la OIT
ha elaborado a título preparatorio a partir de los años cincuenta una serie de
códigos de este tipo y de guías relacionadas directamente con la seguridad y la
salud de los trabajadores agrícolas, y otros temas conexos, algunos deben ser
revisados. Más de 20 convenios y recomendaciones de la OIT tratan de la seguridad
y la salud de los trabajadores agrícolas o de aspectos de las condiciones de
trabajo en ese sector (OIT, 1999). Sin embargo, a pesar de la gran cantidad de
normas sobre el tema, y aunque los agricultores estén protegidos junto con
otros sectores por el Convenio sobre la seguridad y la salud de los
trabajadores, 1981 (núm. 155) que se aplica a todas las ramas de la actividad
económica, no existe ningún convenio sobre los problemas de seguridad y salud
de los trabajadores agrícolas en su conjunto. Por ello, el Consejo de
Administración de la OIT, en su 271.ª reunión decidió incluir en el orden del
día de la 88.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (2000) el
examen de un Convenio y de una Recomendación sobre la seguridad y la salud en la
agricultura.
La adopción de nuevas normas en este ámbito impulsaría la
elaboración de programas de ámbito nacional a este respecto. La experiencia
adquirida por la OIT en los planos internacional y nacional se ha considerado
en la elaboración de un programa internacional sobre seguridad y salud de los
trabajadores agrícolas: el nuevo Programa InFocus sobre Trabajo sin riesgo
(Safe Work) de la OIT. En el marco del Programa global de la OIT sobre
seguridad, salud y medio ambiente, se prevé el establecimiento de planes para
la creación de redes de vínculos entre países en desarrollo, países con
economías de transición y países industrializados para que se ayuden mutuamente
en la elaboración de políticas de desarrollo rural, seguridad y salud, y
gestión ecológica de la agricultura. Otro de los objetivos sería conseguir que
las personas encargadas de los programas de seguridad y salud de los
trabajadores agrícolas pudieran mejorar su calificación, actualizar sus
conocimientos y establecer contactos en los planos nacional e internacional,
entre otros, programas de formación personalizados. Un requisito previo para el
establecimiento de esta red global de contactos sería la identificación de
personas competentes, de instituciones clave y de los interlocutores sociales
que participarían conjuntamente en la puesta en marcha de una gestión integrada
de la seguridad y salud de los trabajadores agrícolas.
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A cargo del Ing. Angel Micale de
Argentina
Ya nadie duda que el
éxito o el fracaso de una organización esta dado por la calidad de los
productos que ofrece o de los servicios que presta.
En toda actividad que
se realice, utilizaremos recursos, y por ende esos recursos tendrán un costo
asociado. El reto de este momento exige encauzar los esfuerzos de todos los
sectores y en todos los niveles de la organización para lograr incrementar la
productividad, es decir producir más con menos.
Deberá existir un
equilibrio entre el valor de la calidad y el costo que se demande para
alcanzarla. La organización deberá ofrecer bienes o servicios de la calidad
requerida y a precios que le permitan competir en el mercado.
Hoy en el mundo ya no
se habla de precios de venta como resultado del costo más una utilidad, sino
que a partir del precio que el mercado esta dispuesto a pagar, se deberá
ajustar los costos para tener una utilidad razonable.
¿Pero, Cómo me puede
ayudar el implementar un Sistema de Gestión Integrado en la reducción de
costos?
De varias maneras:
evaluando a los proveedores, estableciendo normas y procedimientos de control,
utilizando herramientas de control estadístico, motivando al personal,
asegurando la seguridad e higiene en el trabajo, pero fundamentalmente a través
de la capacitación y educación del personal.
Es de suma
importancia conocer los costos de la "la falta de gestión" y para
ello se acostumbrara
establecer un sistema de costo que deberá:
q Identificar y
separar todas las actividades que estén involucradas en la obtención de la
calidad del producto o servicio, en los costos de los accidentes.
q Cuantificar esas
actividades.
q Transformar esos
datos en información ordenada que permita observar tendencias de manera de
poder tomar decisiones correctas.
Se debe organizar la
empresa para que cumpla con las expectativas de los clientes, que reduzca los
costos inherentes a la falta de un Sistema de gestión y que aporte un sistema
de Calidad Total.
Para adoptar esta
filosofía, es necesario estructurar e involucrar al equipo humano para
establecer una coherencia entre personas y departamentos que multiplique los efectos
hacia la calidad total.
Independientemente
del nivel jerárquico del grupo que se trate, cada grupo de la organización
tiene la misión derivada de los objetivos y metas de la empresa que deberá
coincidir con sus objetivos personales dentro de la organización, apuntando al
desarrollo obtenido de ambos.
Es indispensable el
"protagonismo" de los directivos, para realizar el cambio, que
permita pasar de valores dominantes, sustentados en principios de comando y
control, a valores ascendentes sustentados en el trabajo como principal actor.
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7º Encuentro
Sudamericano sobre Salud y Seguridad en el Trabajo
A CINCO AÑOS DE INICIO DEL SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO EN ARGENTINA
A cargo del Ing. Alfredo López
Cattáneo de Argentina
1.- Introducción
En el mes de Julio de este
año, se cumplieron cinco años de iniciado el Sistema sobre Riesgos del Trabajo
en la Argentina, un subsistema de la seguridad social. Atento a la limitación
de espacio que disponemos, presentaremos el enunciado de algunas propuestas que
entendemos oportuno modificar y/o incorporar para lograr una mejora efectiva
del mismo.
2.- Nuestras propuestas
Las
mismas se centran exclusivamente en la problemática de la prevención,
presentando algunas ideas por sector involucrado, que sirvan como alternativas
para su discusión y perfeccionamiento, de modo que puedan ser puestas en marcha
en el menor tiempo posible.
2.1.- El Estado (Superintendencia de Riesgos del Trabajo – SRT)
2.2.- Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART´s)
2.3.- Las Empresas
2.4.- Los Trabajadores
Ing.
Alfredo López Cattáneo
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DIFENILOS
POLICLORADOS
A cargo del Lic. Roberto Rodríguez
Rosi de Argentina
BIFENILOS POLICLORADOS, CLOROBIFENILOS,
DIFENILOS POLICLORADOS (DPCs siglas en español y PCBs en inglés)
En los
últimos tiempos cobró notoriedad pública el tema de los Aceites Sintéticos
Difenilos Policlorados (DPCs), también conocidos en la industria
eléctrica por su denominaciones comerciales Askareles o Phyralenes.
La
difusión que hicieran los medios periodísticos de la existencia de estos
aceites en equipos eléctricos, algunos instalados en la vía pública, se debió
al reconocimiento científico, con pruebas concluyentes, sobre los efectos nocivos
los DPCs, para los seres humanos y el ambiente.
Publicaciones
de la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer, del
Programa Internacional de Seguridad Química de las Naciones Unidas y la
entrada en vigencia de la Resolución Conjunta del Ministerio de
Salud y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de
Recursos Humanos (MS Y MTEFRH 437 Y 209/2001) dieron cuenta de la seriedad
del tema.
El Art. 2º de la citada Res.
determina que: "Los DPCs. contenidos en equipos que, en
perfecto estado de conservación y mantenimiento a la fecha de la entrada en
vigencia de la presente Resolución (04 de junio de 2001) se encuentren en uso, deberán
ser reemplazados gradualmente mientras dure su vida útil, no excediendo de un
plazo máximo comprometido hasta el año 2010.
Debemos recordar que en la República
Argentina no existía, hasta abril de 1991, normativa legal referente al uso,
manipulación y disposición segura de los DPCs y sus desechos, por ello el Ministerio
de Seguridad Social, a través de la Dirección de Higiene y Seguridad
en el Trabajo, elabora, juntamente con representantes de empresas
eléctricas y siderúrgicas y representantes de sus trabajadores, la normativa
(Res. 369/91) orientada al cuidado de la salud de los trabajadores, de la
comunidad y el medio ambiente.
En el mes de enero del año 1992 se
promulga la Ley Nacional 24.051 que trata sobre la Generación,
Manipulación, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos
Peligrosos entre los que se encuentran los DPCs.
En abril
de 1997 se promulga la Ley N° 11.720, Dec. Reg. 806, de Residuos Especiales
de la Provincia de Buenos Aires con idéntico fin que las
precedentes.
¿Que hacer
con los equipos y sus desechos?
Si bien existe la tecnología para estos
procedimientos, "no tenemos, hasta el momento, conocimiento de la
existencia en nuestro país de equipos o plantas de tratamiento, habilitados
para tal fin" por ello proponemos a los amigos y colegas
participantes de este "7° Encuentro Sudamericano de Salud y
Seguridad en el Trabajo" a dar sus opiniones al respecto.
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SALUD, SEGURIDAD Y
MEDIO AMBIENTE
- UNA PROPUESTA
INTEGRADORA -
A cargo del Lic. Carlos Gómez de
Argentina
En la
actualidad es comúnmente aceptado que la disciplina de prevención de riesgos,
esta compuesta por conocimientos provenientes de diferentes campos del saber,
entre ellos la ingeniería, la medicina, la psicología, la sociología, entre
otros.
Asimismo
se menciona con asiduidad, la importancia del trabajo mancomunado de los
profesionales de esas disciplinas para optimizar las condiciones de Salud y
Seguridad en el Trabajo.
Sin
embargo la realidad nos muestra a quienes desarrollamos desde diferentes campos
la tarea de la prevención, que la en práctica - y salvo honrosas excepciones -
no se lleva a cabo esa integración.
Los
motivos seguramente son muchos, pero en mi opinión, existe uno fundamental y es
la idea que cada una de las disciplinas tiene de sí misma, a la hora de evaluar
su participación en la problemática de la prevención. De este modo los
profesionales técnicos, entienden en general, que las soluciones siempre
tendrán a las medidas tecnológicas como herramientas fundamentales, por su
parte los profesionales de las áreas psicosociales, destacarán la importancia
del trabajo sobre las conductas y así, cada una de las esferas del conocimiento
involucradas entienden y ejecutan sus acciones en forma aislada o escasamente
integrada al resto.
Es bien
cierto que la legislación argentina en la materia prácticamente, no ha avanzado
en este tema y más aun podemos decir que a partir de la sanción del Decreto
1338/96, donde se derogaron algunas funciones de los servicios de Medicina del
Trabajo y de Higiene y Seguridad, establecidas en el Decreto 351/79, se vio
dificultado aun más el trabajo en equipo, ya que en general fueron
discontinuados los servicios médicos en planta, excepción hecha de las empresas
con gran cantidad de trabajadores.
No
obstante lo indicado precedentemente, entiendo que existe la posibilidad de
promover desde las instituciones intermedias, el concepto de la necesidad de
trabajo en equipos multidisciplinarios, que permitan hacer eficientes los
esfuerzos tendientes a la reducción de siniestros y mejora del medio ambiente.
En primer
término desde las organizaciones se debería proponer a las autoridades, la
reglamentación de una norma - análoga a la Ley 31/95 de España- para que los
servicios de prevención, internos o externos, estén integrados con
profesionales de distintas disciplinas.
También
será importante que en los planes de estudios de las carreras universitarias
afines, se dicten materias complementarias que favorezcan el trabajo integrado.
Es indudable
que esta propuesta puede generar recelos, entre quienes la visualicen como una
"invasión" de otros profesionales en la actividad, sin embargo
entiendo que de llevarse a la práctica, podría resultar un avance para el
desarrollo de técnicas de prevención de accidentes, enfermedades y cuidado del
medio ambiente, optimizando recursos, lo cual seguramente redundará en una
mayor legitimación de las tareas del servicio de asesoramiento.
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Felicitaciones
a la Fundación y su Presidente Julio Díaz Gerardi, por la
excelente idea de realizar, pese a todas las dificultades existentes y
oportunamente planteadas, el 7º Encuentro Sudamericano sobre Salud y
Seguridad en el Trabajo por esta vía, que cada vez resulta más familiar para
todos. Juan B. Bailador - URUGUAY
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Estimados
amigos y colegas:
Lamentamos profundamente que
las circunstancias del momento nos impidan disfrutar del contacto personal,
tan enriquecedor. Nos conforta la certeza de que tecnología mediante, el
aporte científico que brinda el intercambio habrá de mantenerse. Reciban
nuestro cálido abrazo y los mejores deseos de éxito, para todos aquéllos que
en momentos tan críticos para la humanidad, no dudan en ofrecer su apuesta
por la VIDA, para sus semejantes.
Dras. Beatriz Calvo y Beatriz Santos URUGUAY
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LEY DE RIESGOS DE TRABAJO DE ARGENTINA. 24557
La Unión Obrera de la Construcción de
la República Argentina (UOCRA), sindicato que lidera Gerardo Martínez, nos hace
llegar al 7º Encuentro la siguiente ponencia
I) Aspectos constitucionales de la normativa
1. No bien sancionada la legislación de la materia, surgieron de inmediato las críticas que, en el campo de lo jurídico, veían una inadecuación conceptual del contenido de la misma frente al espíritu de la Constitución Nacional sobre todo después de la reforma de 1994. En ese sentido se entendía que muchos de los preceptos de la legislación sobre riesgos del trabajo -al igual, cabe señalar, que la reforma laboral impulsada en el marco de una política de ajuste dirigida a bajar el costo laboral- encontraban su fundamento en circunstancias económicas y sociales del momento, lejos por ende de las claras prescripciones tuitivas de la "justicia social" que trasunta nuestra Constitución, al poner la economía bajo los valores propios del "desarrollo humano" y requerir que la seguridad social sea integral.
Este criterio protector es, asimismo, el que rige en los convenios de la OIT que tratan la materia, en especial el N° 148 relativo al "medio ambiente de trabajo", el N° 155 que regula sobre la "seguridad y la salud de los trabajadores", el N° 161 que refiere a "los servicios de salud en el trabajo", el N° 17 sobre "accidentes de trabajo", el N° 18 de "enfermedades profesionales", el N° 19 sobre "igualdad de trato en accidentes de trabajo", el N° 42 sobre "indemnizaciones por enfermedades profesionales", el N° 159 sobre "readaptación profesional y empleo de personas inválidas", los que en su mayoría han sido ratificados por nuestro país.
Frente a esos valores político-sociales del engranaje constitucional, muy poco tenía que ver -se entendía- la disposición legal que deja sin reparación de ninguna especie al trabajador que se incapacita en forma total o parcial como consecuencia de una enfermedad que el Poder Ejecutivo Nacional no hubiera incluido en el listado correspondiente, quizás porque la técnica médica no la califica propiamente de tal, no obstante resultar adquiridas por microtraumatismos múltiples y repetidos contraídos a lo largo de la vida laboral. De ser así -se decía- no pueden dejar de ser reparadas en términos de protección integral de la seguridad social, consagrada constitucionalmente, aunque se encuentren omitidas de tutela en la ley específica.
Si bien esta problemática ha venido a ser superada -o al menos, diluida- por el agregado de las enfermedades profesionales de "casos concretos" que introdujera la modificación del Decreto de necesidad y urgencia 1278/00 como apartado 2 b) del artículo 6° del cuerpo legal, permite percibir el grado y alcance del planteo doctrinario.
Estos y otros cuestionamientos han servido de sustento a la idea de que la sola aplicación de la Ley 24.557 para la reparación de los riesgos del trabajo puede válidamente convertir en inconstitucional a la misma, por omisión en su alcance, habilitando así su saneamiento por vía judicial mediante la aplicación, en forma subsidiaria, del régimen de responsabilidad civil del derecho común. Solamente integrando ambos sistemas legales se podía llegar a considerar constitucional, se argumentaba, el de riesgos del trabajo.1
- De tal suerte, la litigiosidad desarrollada alrededor de la alegada inconstitucionalidad de algún articulado de la LRT ha sido copiosa. Estadísticas existentes al mes de diciembre de 1999, están indicando que solamente en 9 puntos porcentuales del 73% de las sentencias en las que hubo de tratarse la constitucionalidad de diversas normas de la LRT, habían sido declaradas constitucionales, mientras que en más del 55% de los casos en los que la inconstitucionalidad de disposiciones de la Ley 24.557 había sido declarada, se hallaban comprometidos los artículos referidos a la negación de la acción del derecho civil (art. 39), a la asignación de competencia a la justicia federal para entender en las apelaciones de los dictámenes de las comisiones médicas (art. 46) y en la obligatoriedad de la denuncia administrativa previa a la actuación judicial (art. 49, Disposición final Tercera).
Ninguno de estos tres problemas ha sido abordado por la modificación que el Decreto de necesidad y urgencia 1.278/00 introdujera al sistema de la Ley 24.557, lo que indica que los reclamos seguirán substanciándose en los tribunales con altas posibilidades de éxito. En consecuencia, ha sido una normativa insuficiente para dar respuesta a múltiples problemas legales y continúa dejando sin tratamiento a los fundamentos necesarios del sistema, como la prevención de los riesgos, una justa compensación ante los infortunios laborales y un efectivo régimen sancionatorio para los responsables de acuerdo a cada nivel de responsabilidad.
FOGLIA Ricardo – DE MARCO Susana – MOLAS Ana M., "Jurisprudencia sobre la Ley de Riesgos del Trabajo", Ed. Depalma, 2000, Gráficos de págs. 420 y 424.
II) Aspectos substanciales del régimen. Proyectos de reforma
1. El régimen que nos ocupa es de alta sensibilidad social, no solamente por lo que representan en sí mismos los riesgos que se encuentran en juego -nada menos que la salud y la seguridad del trabajador-, sino además por su incidencia en el desarrollo y crecimiento social y económico del país.
No obstante, el régimen normativo analizado no ha sabido dar respuesta integral a las necesidades acuciantes de esta problemática. Adviértase lo que se desprende de las estadísticas generadas por la propia SRT, de las que surge que la cantidad de trabajadores siniestrados en el trienio 1997-1999 alcanzó un 8,4%, un 9,3% y un 8,9% del total de trabajadores asegurados en cada año, respectivamente. Estas cifras están revelando, no sólo un alto índice de siniestralidad, sino una ineficaz respuesta de la prevención, el pilar de sustentación de aquel régimen, porque no existe duda alguna que la finalidad más trascendente del sistema, en lo humano, en lo social y hasta en lo económico, es evitar la ocurrencia de siniestros.
Pero, además, resulta imprescindible la concurrencia de una clara voluntad política de llevar adelante las debidas funciones de control, ya que sin ella no hay ley que sea efectiva, como tampoco si las partes actuantes en el sistema no actúan, conforme lo prevé la norma, con la responsabilidad social que exige esta temática.
2. Como consecuencia de esas falencias, han habido proyectos de reforma, entre los que por su integralidad y claro sesgo tuitivo y prevencional se encuentra el de nuestro Secretario General y Diputado Nacional Gerardo Martínez, que han intentado la incorporación de diversos institutos en la búsqueda de un mejor sistema, como ser:
- la institución de la figura de la responsabilidad solidaria de las aseguradoras de riegos del trabajo por los daños y perjuicios que sufriera el trabajador, si omitieran comunicar inmediatamente al órgano de contralor los incumplimientos en los que incurriera el empleador, disposición que resultaría innovadora si se considera que la faz preventiva no se encuentra contemplada en la reparación integral del daño prevista legalmente;
- un concepto del infortunio en el que se sustenta la reparación debida por accidente de trabajo, de forma de no limitarlo a un acontecimiento súbito y violento, a fin de evitar que queden excluidos de su ámbito ciertos daños que el trabajador sufre con motivo o en ocasión del trabajo,
- la eliminación del número cerrado que impone el listado de enfermedades profesionales y su sustitución por una enumeración orientadora que permita extender la aplicación de la normativa a todas aquellas contingencias causadas en forma directa al trabajador por el ejercicio de su trabajo o profesión;
- la fijación de límites mínimos a las indemnizaciones pecuniarias que debe percibir el trabajador como consecuencia de los distintos tipos de incapacidades legales, intentando lograr que las indemnizaciones respondan a los principios de equidad y justicia que deben animar cualquier sistema resarcitorio;
- la modificación del cálculo del ingreso base, adecuando el concepto de remuneración a la suma de dinero que realmente percibe el trabajador, sea o no objeto de cotización, aplicando criterios vigentes en el ámbito del derecho del trabajo, con base en el concepto de tratarse de la disciplina que regula todas las contingencias que hacen al contrato individual de trabajo;
- la determinación de mecanismos ágiles para que el trabajador -obviando la promoción de actuaciones judiciales- pueda acreditar el estado de insolvencia de su empleador y acceder al fondo de garantía que prevé la norma;
- la instauración de un régimen de sanciones que comprenda todos los institutos de la materia, entre ellos, lo atinente a higiene y seguridad en el trabajo, haciendo copartícipes del incumplimiento de las obligaciones tanto al empleador como a su aseguradora;
- el restablecimiento de la acción por daños y perjuicios en cabeza del damnificado o de sus herederos, para evitar la discriminación de no conceder a los trabajadores una vía de reclamo legal que tienen quienes no lo son.
En este orden de ideas, la Comisión de Legislación de Trabajo de la Honorable Cámara de Diputados elaboró dos dictámenes, uno por la mayoría y otro por la minoría, con escasas diferencias entre ellos, que buscaban recoger la jurisprudencia dominante y adecuar la Ley a los dictados de la Constitución Nacional.
Lamentablemente y pese a la existencia del aludido consenso parlamentario sobre la necesidad de la incorporación de los tópicos reseñados, el PEN por la vía de un decreto de necesidad y urgencia produjo, durante el año 2000, una reforma parcial de características insuficientes que no ha resuelto ni las tachas de inconstitucionalidad ni mucho menos ha estimulado la cultura de la prevención.
Huelga recordar que la
eficacia en la prevención depende de la diferencia entre el monto de la
inversión por obrero necesaria para que disminuya la tasa de siniestralidad y
el ahorro que implica esa disminución en términos de salarios caídos y primas.
Es evidente que este
sistema ha operado eficientemente desde el punto de vista de la minimización de
costos para los empleadores, pero que su concepción ha determinado una baja
inducción a la prevención de la siniestralidad.
A lo expuesto debe sumarse
el hecho que nuestros niveles de siniestralidad no admiten comparación con los
términos internacionalmente aceptados como razonables y se acercan
peligrosamente a los correspondientes a países con un evidente subdesarrollo.
Lamentablemente la ley, aún
con las últimas modificaciones, no establece un balance económico correcto por
lo que sigue siendo más barato reparar que prevenir.
Ante esta situación
corresponde intensificar la tarea de control de la Superintendencia de Riesgos
de Trabajo sobre las Administradoras y del Sistema Integrado de Inspección del
Trabajo y la Seguridad Social, en sus diversos componentes jurisdiccionales
sobre los empleadores, para asegurar el cumplimiento de las normas de seguridad
e higiene.
También es responsabilidad
de todos los actores sociales buscar alternativas superadoras sobre la base de
consensos y acciones coordinadas. En este orden de ideas corresponde destacar
la experiencia que surge del acuerdo paritario entre la Unión Obrera de la
Construcción de la República Argentina y la Cámara Argentina de la
Construcción, en virtud del cual se constituyó el Fondo de Investigación,
Capacitación y Seguridad para los Trabajadores de la Construcción (FICS) con el
cual se financian programas permanentes de capacitación práctica en las
diversas técnicas prevencionales para la actividad.
En resumen, siempre hay
alternativas disponibles y medios de acción que posibilitan suplir las
falencias de la ley y facilitan el objetivo de hacer realidad una verdadera
cultura de la prevención para que el trabajo, lejos de ser un riesgo vuelva a
ser una herramienta de dignificación del hombre.
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PAPEL DEL ESTADO EN EL
ÁREA DE LA SST
Las nuevas
tendencias socio económicas imperantes en el mundo actual, globalizado y liberal,
influyen lógicamente en las concepciones doctrinarias acerca del rol del Estado
y por ende en el ámbito de las necesidades sociales.
Almansa
Pastor sostiene que "Entendida la sociedad como ámbito de vida social y de
cobertura de necesidades humanas ella no puede mantener la satisfacción de las
necesidades sociales por si mismo, de espaldas a la realidad estatal sin
recibir la acción de ésta, porque las necesidades sociales inciden de lleno en
el plano de los fines estatales…. El Estado afronta la misión desde una doble
perspectiva, política y jurídica".-
El riesgo
profesional, por su especificidad y complejidad, debe forzosamente contemplarse
desde una doble perspectiva normativa: a) las normas que tienen por finalidad
el control y tratamiento de los riesgos se integran a la rama general del
Derecho Laboral y b) las disposiciones orientadas a la reparación de las
consecuencias o secuelas del accidente o enfermedad profesional en esencia,
forman parte del sistema de Seguridad social. Se aprecia entonces, una clara
distinción entre lo que es prevención de riesgos profesionales, inserta dentro
de la relación laboral derivada del contrato de trabajo y lo que es la
reparación de las consecuencias del accidente del trabajo o la enfermedad
profesional que claramente encuadran dentro de las características
correspondientes a la Seguridad Social.
Más allá
del enfoque con que se aprecie el rol del Estado en relación con los aspectos
relacionados con la Salud y Seguridad de los trabajadores, existen dos
funciones básicos que en su calidad de administrador debe mantener y ellas son
las de Regulación y Control. Los
mecanismos generales de protección que el Estado establece mediante el elenco
de disposiciones normativas, no son independientes sino que se asientan en una
base común que sirve de conexión la medida que participan de un todo complejo.
Ante la
relación jurídica principal asumida por la Seguridad Social, aparecen otras
relaciones subordinadas e instrumentales, cada una tiene sujetos propios pero
con naturalezas jurídicas diferentes y objetivos diferentes. Sin embargo,
existe entre ellos una interconexión que las aglutina respecto de la relación
principal de seguridad social aunque con una interdependencia muy relativa.
. Partimos
de la consideración de que la base financiera del sistema radica en los
riesgos, por lo cual la elaboración de políticas nacionales y particulares en
la materia resultan imprescindibles así como lo es la existencia de programas
de seguridad en las empresas por cuanto es a nivel intraempresarial donde debe
comenzar el control del riesgo que permita la estabilidad financiera del
sistema y el abatimiento de los costos.
En las
actuales circunstancias en las PYMES el problema es realmente grave y
difícilmente se instalen programas de control salvo que la norma los imponga ya
que la escasa formación administrativa de los empresarios medianos y/o
pequeños, no les permite evaluar los beneficios del control sistemático de las
pérdidas potenciales. Por ello, en esta situación de economía de crisis, el
Estado debería además asumir en este aspecto el rol de capacitador, ampliando
el horizonte en la gestión de esas empresas con indudable beneficio directo
para la sociedad.
Dra. Beatriz S. Calvo Weigle
COLEGIO DE TÉCNICOS EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
INDUSTRIALES DEL URUGUAY.
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MIS FELICITACIONES POR IMPLEMENTAR EL ENCUENTRO VIRTUAL YA QUE DE ESTA
MANERA TENDRAN ACCESO COMPAÑEROS QUE POR DISTINTAS RAZONES NO PUEDEN PARTICIPAR
LOGRANDO DE ESTA MANERA PODER ACCEDER A LAS PONENCIAS DE LOS ORADORES.- Rubén Bergesio
- ARGENTINA
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Estrategias de
Acción Empresarial en Seguridad y Salud en el Trabajo
Del 30 de octubre de 2001 al 3 de noviembre se desarrolló en Río de
Janeiro (Brasil) esta actividad destinada a representantes a nivel directivo de
organizaciones empresariales de Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay.
Fue patrocinada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la
Agencia de Ejecución correspondió al Centro Internacional de Formación de la
OIT, Turín (Italia) y el Equipo Técnico Multidisciplinario de la OIT de
Santiago (Chile). Don Félix Martín Daza (Centro Internacional de Formación de
la OIT, Turín) nos envía documentación sobre esta actividad de la cual
extraemos la Justificación y los Objetivos.
JUSTIFICACIÓN
En una
situación como la actual en la que las barreras comerciales desaparecen y como
consecuencia, las oportunidades de negocio (y la competencia) se incrementan,
las mejoras en la competitividad se convierten en el aspecto central de la
estrategia empresarial. Las mejoras en la competitividad suponen tener en
cuenta una serie de parámetros que van desde las mejoras en calidad y
productividad hasta la mejora de las condiciones de trabajo y la optimización
de los recursos. Estos elementos, conceptos estratégicos para el desarrollo
empresarial, se encuentran, a su vez, fuertemente interrelacionados, hasta el
punto que la solidez, la efectividad y la sostenibilidad de los cambios y
medidas que se implementan en una empresa son resultado de su adecuación
contemporánea a los referidos parámetros.
Sin
embargo, no es la falta de conciencia de empresarios sobre la importancia de
estos elementos lo que, la mayoría de las veces, dificulta el emprender las
acciones necesarias para la mejora y el desarrollo empresarial: muchas de las
propuestas para la mejora de esos elementos que se pueden encontrar
actualmente, están más adaptadas a la realidad de la gran empresa y suponen
inversiones de recursos (tiempo, personas, dinero) que, especialmente las
pequeñas y medianas empresas (PyMEs), difícilmente pueden asumir.
La
Organización Internacional del Trabajo (OIT), a través de estudios basados en
el análisis de la experiencia internacional, ha puesto de manifiesto la
vinculación entre los referidos conceptos (productividad, calidad, condiciones
de trabajo, competitividad), desarrollando un enfoque global y un marco
conceptual con su correspondiente instrumento metodológico. Nos referimos a la
metodología "Mejor Productividad y un Mejor Lugar de Trabajo" (WISE).
Esta metodología, avalada por un gran número de experiencias exitosas en
distintos países del mundo, está adaptada a las limitaciones y oportunidades
que ofrecen las PyMEs.
A la
hora de establecer estrategias de acción empresarial en el ámbito de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) y de las Condiciones de Trabajo es
importante considerar también otros elementos significativos como el rol de las
organizaciones de empleadores y las iniciativas de las empresas líderes.
Cada
vez con mayor frecuencia, las organizaciones de empleadores están siendo
consultadas y convocadas a participar en la toma de decisiones, en materia de
SST; tanto a nivel nacional, como a nivel supranacional e internacional. En
este contexto, se pone claramente de manifiesto el enorme potencial con que
cuentan las organizaciones de empleadores para desempeñar un papel protagónico
en el desarrollo de la SST en sus respectivos países; y con ello reforzar su
liderazgo social. Al mismo tiempo, cada vez es más creciente la demanda de las
empresas que recurren a sus organizaciones empresariales en busca de criterios,
asesoramiento y orientación sobre estos temas. Es preciso pues, una
optimización del rol de las organizaciones de empleadores en este campo tanto
como vehículo de representación de los intereses empresariales en foros
nacionales e internacionales así como el fortalecimiento de la capacidad
técnica de la organización para mejorar su rol de agente de promoción y apoyo a
las empresas en este campo.
Las
empresas líderes, bien conscientes de los vínculos existentes entre la
competitividad y la SST, han ido incorporando una serie de estrategias de
acción en este campo que han reportado importantes beneficios de evaluación
directa (en términos tanto de control de costos como de aumentos de
productividad) como indirecta (reducción de conflictividad, mejora de la
satisfacción laboral, etc.). Nos referimos a un amplio elenco de iniciativas
como los códigos de conducta, los sistemas de gestión de la SST o los análisis
costo-beneficio de las medidas de prevención, entre otros.
En esta
actividad se pretende presentar todas estas experiencias y prácticas a la vez
que ofrecer un foro de discusión empresarial para discutir y evaluar las
potencialidades y limitaciones de todas ellas, tanto en un contexto subregional
como en las realidades nacionales de las organizaciones representadas en este
seminario.
OBJETIVOS
El
objetivo general de este programa es el fortalecimiento de la capacidad de las
organizaciones de empleadores para responder a las necesidades de sus afiliados
en el ámbito de la mejora de la seguridad y salud de trabajo y la
competitividad.
Al
finalizar este programa los participantes serán capaces de:
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UNIT 18001:2001
SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD OCUPACIONAL
El Arq. Angel
Caimi Kemayd, Secretario Técnico del Instituto Uruguayo de Normas Técnicas
UNIT, nos hace llegar su ponencia sobre esta reciente norma de ese Instituto
REQUISITOS
Introducción
El Instituto Uruguayo de
Normas Técnicas (UNIT) ha aprobado la Norma UNIT 18001, para dar respuesta a la
demanda de organizaciones que desean "Certificar" sus sistemas de
gestión de la seguridad y la salud ocupacional (SYSO).
En consecuencia la
aprobación de esta norma implicó la anulación de la Guía UNIT 100:99
"Prevención de riesgos laborarles. Reglas generales para la implantación
de un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales (S.G.P.R.L.).
Desarrollo
Esta Norma 18001:2001 está
dirigida a apoyar a las organizaciones en el desarrollo de un enfoque de la
gestión SYSO, de manera de proteger a los empleados y a terceros, cuya
seguridad y salud puedan ser afectada por las actividades de la organización.
Esta norma abarca los
requisitos básicos que aseguran el cumplimiento de las políticas y los
objetivos de SYSO. Estos lineamientos se basan en los principios generales de
buena gestión y están diseñados para hacer posible la integración de estos sistemas
dentro de un sistema global de gestión y en particular, su enfoque en
concordante con las normas UNIT-ISO 9001 y UNIT-ISO 14001 para sistemas de
gestión de la calidad y ambiental respectivamente.
Esta norma se corresponde
técnicamente en su totalidad con el documento Occupational Health and Safety
Assessment Series (OHSAS) denominado OHSAS 18001:1999. En ella se ha mantenido
la estructura y el contenido de OHSAS mencionados y se le ha incorporado las
variantes necesarias para que haya concordancia con las normas de la familia
UNIT-ISO 9000:2000.
Complementariamente se ha
hecho la revisión de otras Guías UNIT, tal es el caso de las Guías 101, 102 y
103 las que se encuentran en el siguiente estado:
- Guía UINIT 101 que se refiere a
vocabulario, ha sido sustituida por la Guía UNIT 18101 (en impresión)
- Guía UNIT 102 con directrices para la
implantación de estos sistemas será sustituida por la Norma UNIT 18002 (se
encuentra a estudio del Comité Técnico Especializado).
- UNIT 103 con directrices para la evaluación
de sistemas de gestión de SYSO ha sido sustituida por la Guía UNIT 18103.
Conclusiones
La aprobación en Uruguay de
la Norma UNIT 18001:2001 pone a los sistemas de Gestión de SYSO de las
organizaciones en el mismo plano de otros sistemas que hoy son certificables.
Para los técnicos de áreas
de la Prevención , se presenta como una herramienta para orientar su actuación
y como un aporte para hacer visible las actividades a desarrollar en cada
organización que demande sus servicios.
Para los empresarios es un
sistema integrable sin "violencias" en emprendimientos donde hay
otros sistemas de gestión ya implantados y es a su vez un muy buen orientador
de que es obtenible en los trabajos de prevención.
Para todos en general la
aplicación de sistemas de gestión de SYSO, tienden a asegurar el cumplimiento
de los requisitos legales, reglamentarios, etc., dando la orientación necesaria
para una actuación ordenada que apunte a la mejora continua.
Epílogo
Un sistema en el que se
define la política de SYSO se planifica las actuaciones, se implementa
la estructura y las responsabilidades y se efectúa el control
operacional, acompañando esto de adecuada formación y asignación de
recursos, da la posibilidad de que se hagan verificaciones y se
instrumenten las acciones correctivas necesarias, que permitan a la alta
dirección de la organización involucrada revisar el sistema, para asegurar su
continua aptitud, adecuación y eficacia.
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LA SEGURIDAD EN LA
CONSTRUCCION EN EL SIGLO XXI
Ponencia a cargo del Dr. Andrés J. Faragó,
abogado, asesor empresario y consultor en materia de riesgos del trabajo. Ha
sido Gerente de Control de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de
Argentina entre Febrero 1998 y Febrero 2000.
Cuando en octubre de 1999
tuve oportunidad de concurrir a este Simposio, organizado en Viena por el
Comité Internacional para la Prevención de Riesgos Profesionales en la
Industria de la Construcción, tomé contacto con los organizadores para
consultar sobre mi posible integración a los equipos de trabajo del Comité.
El documento final
distribuido a quienes concurrimos al Simposio: "Coordination of Safety and
Health at temporary or mobile construction sites", había sido elaborado en
base a una tarea realizada por profesionales e instituciones de diversos
lugares del mundo (Alemania, Austria, Bélgica, España, Francia, Irlanda,
Italia, Luxemburgo, Holanda, Portugal, Gran Bretaña, Suecia, Suiza, Japón y
Estados Unidos), pero a excepción de este último, no aparecía ninguno
perteneciente a algún país americano.
Ante mi presentación, fui
invitado a integrarme a dos grupos de especialistas, que habrían de iniciar sus
labores a mediados del año 2000, con el objeto de presentar a los participantes
del próximo Simposio (a realizarse en París en diciembre de 2001) el resultado
de ambos trabajos: en el primero, orientado desde Bruselas, hemos venido
efectuando una actualización y ampliación del que fuera distribuido en Viena en
1999, donde se analizaban la coordinación de salud y seguridad en las etapas de
proyecto, construcción y mantenimiento posterior, los perfiles de los
coordinadores en cada una de las etapas, los controles, las sanciones y las
normativas locales sobre coordinación en los distintos países participantes.
En cuanto al segundo, orientado
desde Lisboa, hemos atendido los diferentes aspectos vinculados con el tema del
próximo Simposio: "Management Dinámico de la Salud y de la Seguridad en la
Construcción – Soluciones Concretas", en especial la implementación
sistemática de estos métodos de gerenciamiento (Occupational Safety and Health
Management Systems in Construccion – OSHMSinCONS) en las empresas proyectistas
y constructoras, y en los propios lugares de construcción; y la compilación y
comparación de las diferentes soluciones concretas utilizadas por los países
que participan de este trabajo.
Para la realización de
ambas tareas, pude contar con el respaldo institucional y técnico de la
Fundación de Educación y Capacitación para los Trabajadores de la Construcción,
organización impulsada por la Unión Obrera de la Construcción de la República
Argentina (UOCRA).
Precisamente en virtud de
esta tarea que conjugamos con la Fundación, surgió la idea de presentar durante
las jornadas del Simposio en París (12 al 14 de diciembre de 2001), bajo la
forma de una comunicación multimedia, el "Programa Integral en Seguridad y
Condiciones de Trabajo para la Industria de la Construcción en la República
Argentina" (PIeS), habiendo logrado ser seleccionado por el Comité
Científico del Secretariado para integrar el panel denominado: "Los
métodos y herramientas de management dinámico de la salud y seguridad
ocupacional".
El referido Programa, que
cuenta con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo y ya se
encuentra en plena ejecución, tiene por objetivo estimular a todos los sectores
del trabajo a concentrar sus esfuerzos en la instalación de una cultura
preventiva, que redunde en el desarrollo de ambientes de trabajo sanos y
seguros, logrando así reducir la incidencia negativa de los accidentes y
enfermedades profesionales en la actividad de la construcción.
Con la presentación del
PIeS en diciembre próximo en París, ante el 26º Simposio Internacional del
Comité de la Construcción de la AISS, y con la integración de los trabajos que
hemos realizado con la Fundación a los documentos que serán entregados a todos
los participantes del referido encuentro, habremos logrado que la República
Argentina sea el primer país latinoamericano que formalice una activa presencia
en la elaboración de políticas globalizadoras, dentro de la AISS, tendientes a
la prevención de los riesgos profesionales en la industria de la construcción.
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LEY DE EJERCICIO
PROFESIONAL
Ponencia a cargo del Ing. Alberto Gaeta,
Presidente del Colegio Profesional de Higiene y Seguridad en el Trabajo y Medio
Ambiente de la República Argentina.
A partir de la
incorporación de la Ley de Riesgos del Trabajo, los Técnicos y Licenciados se
vieron en la necesidad, para poder trabajar, de obtener una matrícula
profesional, la cual hasta ese momento era innecesaria ya que con la
inscripción en el registro de profesionales de la Dirección de Higiene y
Seguridad en el Trabajo, era suficiente para poder ejercer nuestra profesión.
A través del Colegio
Profesional de Higiene y Seguridad y Medio Ambiente observamos como los colegas
veían frustradas sus posibilidades de trabajo por falta de una matrícula y
Registro Profesional, o bien se asociaban a Consejos Profesionales que de
ninguna manera representan al perfil, orientación técnica y orígenes, sino
simplemente admitidos por un interés recaudatorio. Ante esta situación, hemos
decidido proponer un proyecto de ley de ejercicio profesional en busca del
ordenamiento y regulación de los aspectos profesionales de esta actividad.
Se persigue un encuadre
legal único, lo cual redundará en beneficio del capital más importante de las
Empresas: la salud y la vida del Trabajador.
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OPINIONES
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A CONTINUACIÓN:
OPINIONES RECIBIDAS SOBRE EL ROL QUE
DEBERÍA EJERCER EL ESTADO EN MATERIA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO Y MEDIO
AMBIENTE
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Mi opinión
sobre el papel del Estado en lo referente a la Salud y Seguridad en el Trabajo
es que su rol es deficiente. Creo que no cumple con su verdadera función: la de
salvaguardar la vida y prevenir los accidentes sino que actúa cuando las
tragedias ya han acontecido. Es posible que esto se deba, en parte, a que sus
organismos fiscalizadores son poco competentes ya que están integrados por
profesionales de otros ámbitos y por ello no se encuentran capacitados en
materia de higiene y seguridad en el trabajo. Otro punto a resaltar es que los
cargos, tanto jerárquicos como también los correspondientes a los inspectores,
se encuentran muy politizados lo cual no sólo implica que existan personas que
no poseen los conocimientos o experiencia necesaria en la materia sino que
además se encuentran supeditados a los avatares políticos lo que imposibilita
establecer pautas de trabajo eficaces y duraderas que permitan mejorar el
funcionamiento de los organismos de este ámbito. Lic. Daniel Díaz -
ARGENTINA
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En
cualquier país organizado del mundo, un empresario antes de instalar una
empresa en un país, planifica y realiza estudios de mercado. También averiguan
cuales son las leyes que deben cumplir para realizar sus tareas en dicho lugar.
En la
República Argentina son muchos los casos en que las empresas se instalan,
trabajan y luego de un tiempo, empiezan a darse cuenta que debían cumplir con
las leyes de Riesgo de Trabajo.
Es de
suma necesidad asegurar el rol del estado en la verificación del cumplimiento
de estas leyes antes de la habilitación efectiva de dichas empresas. Es
imprescindible comenzar a solicitar que las empresas cuenten con sistemas
integrados de gestión que aseguren con procedimientos y registros el
cumplimiento de las leyes vigentes. Ing. Angel Micale - ARGENTINA
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El Estado
debe investigar, legislar y controlar se cumpla con las obligaciones en la
materia. Debe realizar una tarea docente y sancionar los incumplimientos. José
Diego Fernández - Perú
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La
Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza tiene claro que el trabajo
seguro existe donde se privilegia la prevención, por eso la tarea pendiente es
amplia y estamos convencidos que:
No debemos
dejar solas a las provincias con la comprometida acción de fiscalizar las empresas
de las que son deudoras, mientras el estado nacional se desentiende o espera
que las ART denuncien a sus clientes
No se debe
resignar seguridad laboral a cambio de empleo
Las peores
formas de trabajo se presentan en el empleo no registrado.
Basta de
estadísticas mentirosas las cuales anuncian disminución de los accidentes de
trabajo. Esto se produce simplemente por el cierre de las fuentes de trabajo
(Lógicamente cuando nos quedemos sin trabajadores no tendremos mas accidentes
laborales)
No debemos
entender la prevención como un gasto, sinó como una inversión, y para ello el
estado debe facilitar el acceso a recursos para aquellas empresas que
demuestren buen comportamiento en este campo.
Las
organizaciones sindicales, perseguimos el objetivo de eliminar los accidentes
sin disminuir el número de trabajadores. Quienes nos quieran acompañar en este
proyecto serán bienvenidos. Luis Ansaldo - Federación Argentina de
Trabajadores de Luz y Fuerza.
******************************************
Si bien la
SST, debiera ser una preocupación de la sociedad en su conjunto, resulta de
suma importancia el rol que asuma el estado en esta materia, no sólo como
contralor, sino también impulsando la investigación, integrando esfuerzos de
distintas organizaciones (Universidades, Gremios, Cámaras empresarias, Colegios
de Profesionales, entre otras), para establecer una política nacional en SST
pero con contenido operativo. Lic. Carlos Gómez - ARGENTINA
***************************************
La
participación del Estado en las acciones orientadas a mejorar la seguridad es,
a la vez, necesaria y conveniente. Necesaria por su irrenunciable rol social
que lo coloca en el actor principal a la hora de contribuir al mejoramiento de
la calidad de vida de todos quienes constituyen una nación, un país.
Conveniente, porque un país con salud y buena calidad de vida trabaja más,
trabaja mejor, produce más, es, en definitiva, más feliz. Pero, además de estos
incuestionables objetivos de valor humano y social, la participación del Estado
en actividades de seguridad es conveniente porque permite reducir las enormes
sumas de dinero y recursos que implica el brindar una mínima atención al
creciente número de minusválidos e incapacitados como consecuencia de
accidentes muchos de los cuales podrían haberse evitado con actividades
fortalecedoras de la seguridad en el trabajo, en el tránsito, en el hogar. Lic. Esteban Melo -
URUGUAY
*************************************
En este
tema el Estado debe ejercer un rol eminentemente activo. Para ello,
es necesario disponer de una decisión política en lo atinente al control,
dejar de incorporar personal sin experiencia, o bien que responda a tal o
cual sector político, económico y/o gremial y que no cumplen ninguna
función; establecer objetivos de reducción de siniestralidad año a año y
controlar su cumplimiento; premiar de alguna manera a los que mejoran a
través de la prevención; asumir el poder de policía en forma total
retirando a las ART´s la obligación que se les asignó en este aspecto. Tal
como se esta trabajando actualmente no se va a llegar a ninguna parte. Ing.
Alfredo López Cattáneo - ARGENTINA
***************************************************
Sería
conveniente que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos
Humanos, através de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo determinara la
obligatoriedad para todos los empleadores de contar junto con su Seguro de RT,
con un servicio de SHT. En todo caso facilitando este servicio por las mismas
ART ya que se observa un gran porcentaje de establecimientos sin esta
importantísima asistencia prevencionista: Jardines de Infantes; Escuelas,
Universidades, Instituciones Religiosas, tan esencial, a la hora de hacer
prevención de riesgos, como en el resto de las actividades del quehacer humano.
Lic. Roberto Rodríguez Rosi - ARGENTINA
**************************************
El rol del
Estado en el manejo de la Salud y Seguridad en el Trabajo es fundamental, el
sistema debería estar en su órbita, régimen actual en el Uruguay como Seguro, o
formando parte de la Seguridad Social, real garantía para trabajadores y
empleadores o como alternativa, con fuertes supervisiones o contralores
estatales. Juan B. Bailador - URUGUAY
*********************************
El rol del
Estado en materia de salud y seguridad en el trabajo y medio ambiente es una
responsabilidad indelegable. Su intervención en estos temas debe ser una tarea
de constante dedicación, con el fin de lograr un efectivo contralor del
cumplimiento de la legislación vigente. Al mismo tiempo, desde las esferas del
Estado, se deben desarrollar políticas en materia de prevención de riesgos y
cuidado del medio ambiente, tendientes a la formación y capacitación de todos
los integrantes de la sociedad, tanto a nivel de trabajadores como de
empleadores. El objetivo primordial debe ser poder lograr la concientización
general del significado de los términos salud, seguridad y protección del
medio ambiente, en búsqueda de una mejor forma de vida. Ing. Eduardo F.
Di Bin - ARGENTINA
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El estado
tiene el deber indelegable de velar por la salud y la seguridad de todos los
habitantes del país. No me parece correcto bajo ningún punto de vista que
delegue esta responsabilidad en las ART, las cuales al ser empresas privadas
con fines de lucro y por otra parte carentes de una estructura suficiente para
hacer prevención, no están en condiciones de hacer un control y mucho menos un
mejoramiento en las condiciones de trabajo de una empresa. Para lograr cambios,
la función del inspector de higiene y seguridad perteneciente a los organismos
de control del estado, debería ser totalmente profesionalizada, jerarquizada y
contar con el apoyo total para su ejercicio en el control de las leyes
existentes. Ing Carlos Palomeque - ARGENTINA
***********************************
A CONTINUACIÓN:
OPINIONES RECIBIDAS SOBRE LA
CONVENIENCIA DE LA APLICACIÓN DE TECNOLOGÍAS CON AULAS VIRTUALES PARA LA
DIVULGACIÓN Y FORMACIÓN EN SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE
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Entiendo
sumamente conveniente la utilización de este recurso para tratar la
difusión y la formación en lo atinente a los temas de salud y seguridad en
el trabajo. No es posible, hoy en día, pensar en la no utilización de la Web
para todo lo atinente a la educación, de hecho muchas empresas del tipo
trasnacionales y desde hace varios años vienen capacitando a sus
prevencionistas a través del uso de este recurso. Ing. Alfredo López
Cattáneo - ARGENTINA
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El aula
virtual, producto de la nueva tecnología, es fundamental para la información y
divulgación, pero para la formación debe ser una herramienta más, auxiliar de
la actividad presencial, insustituíble en "educación", pienso como un
"viejo tradicionalista", que en definitiva lo soy, pero es mi
opinión, respetuosa de aquellos que discrepen conmigo.- Juan B. Bailador -
URUGUAY
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En la
República Argentina, con las grandes distancias que se deben recorrer para
tener acceso a la formación en Salud y Seguridad en el Trabajo y Medio
Ambiente, es de fundamental importancia el uso de tecnología con aulas
virtuales para la divulgación y Capacitación de los potenciales profesionales
de esta actividad. Ing. Angel Micale - ARGENTINA
***************************
No dudo de
la importancia que tiene en el ámbito Académico la revolución metodológica que
implica la aplicación de estas nuevas tecnologías a la Educación, creo que es
conveniente, mas que conveniente, el futuro, por lo tanto se que que se nos
abre un largo camino a recorrer buscando la óptima formación en estas
disciplinas. Ing. Juan José Parodi -
ARGENTINA
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Ante todo
felicitaciones por la idea del encuentro virtual. El aula virtual es la mejor
forma de resolver la formación en salud, seguridad y medio ambiente, en
carreras de grado, pos grado, cursos, etc. pues permite que una persona pueda
trabajar y decidir la hora y día de estudio sin importar donde se encuentre. Alfredo
Gómez Galín - ESPAÑA
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Es
evidente a esta altura del desarrollo de las comunicaciones que internet
proporciona herramientas para una vasta difusión de información en general, de
modo que para los temas de SST es una potente herramienta que se puede y debe
utilizar, ya que en general los espacios para esta temática no son abundantes.
En mi opinión personal hasta el momento SST cuenta con pocos sitios debidamente
organizados y con contenidos sustanciosos. Lic. Carlos Gómez - ARGENTINA
********************************
........ Para
la divulgación me parece excelente, para la formación tengo
mis reparos. Ing. Manuel Scotto - ARGENTINA
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Respecto
al hecho de divulgar en Internet temas relacionados con la salud y seguridad en
el trabajo, me parece muy interesante dado que actualmente aumenta el número de
personas que pueden acceder a la información brindada en la red. Por lo tanto,
brindar datos, tratar temas, hacer conocer los ámbitos de aplicación, cómo
capacitarse en dicha materia, etc., posibilitaría que mucha gente que tal vez
desconozca o quiera interiorizarse sobre estos temas pueda acceder a esta
información. Asimismo, para quienes trabajamos en este ámbito, el hecho de
contar con información actualizada y competente en la web sobre nuestra materia
no sólo permitiría ampliar nuestros conocimientos sino que permitiría
establecer contactos con profesionales de todo el mundo y de esta forma lograr
intercambios enriquecedores que propiciaran plantear nuevas perspectivas en la
salud y seguridad laboral. Lic. Daniel Díaz - ARGENTINA
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La
utilización de la Web para difundir aspectos relacionados a la seguridad es una
excelente idea y mejor oportunidad que debería ser aprovechada y optimizada al
máximo. Como instrumento de comunicación de masa que atrae cada vez un público
más numeroso y heterogéneo, este espacio ofrece inagotables posibilidades y
enormes desafíos. Es posible acceder a millones de personas pero (y ahí está el
reto) se necesita atraerlas. La inmensa diversidad de propuestas que se nos
abren al ingresar a Internet, ha determinado una lucha sin cuartel por
conquistar la preferencia del navegante. Diseñar propuestas atractivas, amenas,
creativas y prácticas orientadas no sólo a técnicos sino al gran público objetivo
final de todas nuestras acciones, es, a mi modo de ver, una estrategia
ineludible. Por tanto, y resumiendo, la Web es hoy para la seguridad, una de
las mejores oportunidades y, a la vez, uno de los mayores desafíos. Lic. Esteban Mello
- URUGUAY
**************************************
Este tipo
de sistema supera al resto de los aplicados en la capacitación a
distancia porque, además de tener los beneficios de estos métodos (acceso
masivo y en ubicaciones disímiles, posibilidad de contactos con
profesionales o docentes de renombre, amplia disponibilidad horaria para
el educador y el educando, etc.), permite una intercomunicación fácil y
dinámica con los educadores.
Suple algunas falencias de los otros medios de divulgación y/o formación
en las materias y establece un futuro foro informático de discusión
profesional. Dr. Eduardo Muñoz - ARGENTINA
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Creo que
es una proyección actual de aplicación de tecnologias, sobre todo
por ser una manera practica de actualizacion de los avances del tema en
cuestión. Dr. José Eduardo Cáceres Galeano - PARAGUAY
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Vengo
ensayando esta metodolgía desde hace más de un año, en distintas empresas de
servicio que trabajan en diversos puntos del país y cuyo personal tiene fácil
acceso a la web. La experiencia me ha indicado que el sistema funciona muy bien
como medio de información, indudablemente este medio es rápido y puede llegar a
casi todos lados, pero la experiencia docente me ha indicado que la formación
debe ser personalizada. No puede sustituirse el contacto entre alumno -
profesor, ni cambiar la vivencia de motivar a la discusión de los temas
planteados que logren transmitir conocimientos razonados y que puedan ser
comprendidos y fijados por el alumno. Ing. Laboral Daniel Aníbal Epíscopo - ARGENTINA
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Dadas las
actuales posibilidades del Correo Electrónico y del Sistema Internet vía
satélite, extraordinario medio de comunicación global, es y será el mejor medio
de divulgación de la actualidad y de todo el conocimiento, acumulado hasta el
presente del saber humano: Arte, Ciencia, Religión al alcance de miles de
millones de personas al mismo tiempo y en cualquier lugar, es increíble,
aprovechémoslo.
En
particular, y teniendo en cuenta la extensión geográfica de nuestro territorio
sudamericano, y del tema que nos ocupa, auspicio un éxito cierto a la formación
sobre Salud y Seguridad en el trabajo y el Medio Ambiente, camino vertiginoso a
una "Cultura de la Prevención Universal". Lic. Roberto
Rodríguez Rosi - ARGENTINA
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Considero
que todas las herramientas son útiles si se hace buen uso de ellas. Como
Especialista en HyS en la Industria de la Construcción, encuentro que posibilita
llegar a la concientización y capacitación de las instancias jerárquicas
empresariales y profesionales a través del intercambio de experiencias y la
actualización de conocimientos. Arq. Nora M. Nonino -
ARGENTINA
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Discutir
la conveniencia de la aplicación de aulas virtuales para la divulgación y
formación en el campo de la salud y seguridad en el trabajo y medio ambiente es
como cuestionar a la televisión como medio para la educación en general.
Definitivamente tanto la primera como la ultima (y esto no significa que no
aparezcan mas) son herramientas, magnificas herramientas, fruto de nuestra
inagotable imaginación y búsqueda.
Estas
herramientas pueden ser utilizadas para la educación o para el mero
entretenimiento/pasatiempo, lo cual tampoco las descalifica como instrumentos,
sino que se les da otra utilización. Al igual, por dar otro ejemplo, que las
revistas. Tenemos desde National Geographic hasta las de crucigramas/puzzles.
Cada una cumple un determinado fin.
Como
instructor de técnicas de enseñanza siempre doy el consejo de utilizar dos o
tres medios de proyección para una clase determinada (por ej. video, power
point y ponencia oral) pero sin que ninguno se transforme en el centro de
atracción por si mismo.
Volviendo
al tema inicial, las aulas virtuales (y en general la internet) pueden ser un
complemento, un apoyo, si son bien utilizadas. Para ello es fundamental que
formemos a aquellos que tienen la responsabilidad de transmitir los
conocimientos.
Caso contrario
pasará (siendo exageradamente extremista) lo que pasa con los autos, les damos
herramientas a cualquiera, casi sin restricción y miren las estadísticas...
Aprovecho
para despedirme y agradeciendo y felicitando a la gente de El Casco por esta
brillante idea. Saludos. Andrés Salum - ARGENTINA.
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El avance
de las nuevas tecnologías en todos los ámbitos del conocimiento y el trabajo
humano no deja lugar a dudas de su importancia creciente en el desarrollo de
una nación, no obstante el aspecto negativo del tema me parece ser el de
constituir, al mismo tiempo, una mayor brecha entre los que tienen acceso a la
red de información y los que carecen de él. A fin de acotar estas desigualdades
los gobiernos deben implementar políticas claras de educación que incluyan en
todos los niveles el manejo de la información electrónica y por otra parte,
asegure el acceso a las terminales a costos reducidos a fin de favorecer la
utilización masiva de las aulas virtuales como solución para evitar el
transporte personal en las grandes distancias que nos separan territorialmente.
Ing Carlos Palomeque - ARGENTINA
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La
pregunta planteada equivale a haberse preguntado, hace algunos años, sobre la
conveniencia de utilizar pizarrones laminados con marcadores, o más
recientemente la de usar proyectores de imágenes. No sólo es una tendencia que
se ve muy clara en todo el mundo, y que da la oportunidad de desarrollarse a
personas que de otro modo quedarían marginadas por razones geográficas, o por
escasez de tiempo o de recursos económicos; además, el grado de desarrollo al
que han llegado la tecnología y las metodologías de la educación a distancia en
medios virtuales posibilitan realizar cursos que tienen mayor eficacia en cuanto
al aprendizaje que los presenciales, además de ser mucho más eficientes en el
uso de los recursos. Y a medida que pase el tiempo lo serán aún más.
Naturalmente, no cualquier actividad de transmisión de información hecha a
través de Internet o de una red informática es una actividad educativa exitosa,
o siquiera algún tipo de actividad educativa. Transmitir información es sólo el
primer paso para educar. Pero para educar de verdad es necesario que el
estudiante construya su propio conocimiento, basado en la información recibida,
en la búsqueda de nueva información por sí mismo, en la guía de su profesor, en
el intercambio de ideas con sus compañeros, en la aplicación concreta de lo
aprendido en un entorno controlado y bajo la observación de quienes le guían,
etc. Hecha así, la educación con aulas virtuales es sumamente eficaz, además de
interesante. Por esto creo que la intención de aplicar la tecnología de aulas
virtuales distribuidas (es decir, a través de Internet) para la formación en
SST es una excelente idea. Ing. Raúl A. Santamarina - ARGENTINA
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